En la relación que se da entre el cliente y el profesional desde el inicio del proyecto hasta la finalización de su vivienda, existen responsabilidades para ambos, como, por ejemplo:
Responsabilidades del cliente:
• Establecer con claridad el alcance del proyecto y sus necesidades concretas.
• Ajustarse a las indicaciones técnicas del profesional.
• Mantener la necesaria comunicación con el profesional para el desarrollo de lo acordado.
• Aportar los recursos financieros necesarios para el desarrollo de la obra.
Responsabilidades del profesional:
• Cumplir con las normas técnicas, legales y éticas vigentes.
• Hacer entrega formal al cliente, para su aprobación, de cada una de las etapas del trabajo contratado.
• Garantizar la excelencia de su trabajo.
• Informar al cliente del avance de la obra.
• Visitar la obra periódicamente, como mínimo cada ocho días hábiles.
Contratación
Además del contrato de consultoría (diseño) previamente firmado entre el profesional y su cliente, debe existir un contrato de construcción donde se definan con claridad los siguientes aspectos:
• Calidades de los contratantes.
• Duración de la obra.
• Cronograma de entrega.
• Monto del contrato.
• Especificaciones técnicas de materiales y acabados a utilizar.
• Garantía de calidad de los materiales.
• Garantía de mano de obra de los acabados.
• Sistemas de desembolsos para compra de materiales, mano de obra y pago de honorarios.
• Obras extra.
• Imprevistos.
• Multas por retrasos de entrega.
Los servicios profesionales que se deben contratar en la etapa de ejecución y sobre los cuales se va a reconocer un honorario al profesional responsable, se estiman como un porcentaje con respecto a valor de la obra. Este honorario se debe de ajustar con respecto al monto final.
Los servicios profesionales en la etapa constructiva son los siguientes:
• Dirección técnica: Incluye inspección, programación y control de la construcción. Mediante este servicio, el director técnico se convierte en el profesional responsable de la obra. Este servicio es de carácter obligatorio.
• El arancel mínimo establecido para este servicio corresponde al 5% del costo de la obra. Es importante aclarar que si el profesional asume el contrato de la construcción de la obra, deberá renunciar a la Dirección Técnica y, el propietario, realizar el cambio de profesional responsable de la Dirección Técnica.
• Inspección: El servicio de inspección corresponde al control periódico del proceso de construcción de la obra en todos sus aspectos técnicos. Se contrata, generalmente, cuando la construcción está a cargo de una empresa constructora.
En los casos en que la obra se realiza por medio de un director técnico, se puede contratar también el servicio de inspección, aunque la responsabilidad la mantiene el director técnico de la obra.
El inspector tiene como función velar por los intereses del cliente y garantizar que la obra se ejecuta de acuerdo con las mejores prácticas, los planos y contrato de construcción y las especificaciones técnicas. El arancel mínimo establecido para este servicio corresponde al 3% del costo de la obra. Este servicio es opcional para el cliente.
• Empresa: Si la obra se ejecuta por medio de una empresa constructora, ésta adquiere la responsabilidad de la obra a través de su profesional responsable. Es importante que en el contrato de construcción se defina claramente el monto total de la obra y otros aspectos que ya fueron mencionados en esta Guía.
• Administración: Este servicio incluye, además de la dirección técnica, la responsabilidad por el manejo de los recursos financieros. El profesional que realiza el servicio de administración contrata la mano de obra, selecciona y adquiere los materiales y administra todo el proceso constructivo.
Los ahorros, descuentos y beneficios obtenidos por el administrador serán derecho exclusivo del cliente. El arancel mínimo establecido para este servicio corresponde al 12%.
• Fiscalización de la Inversión: En el caso de que la vivienda se construya mediante un préstamo de una entidad financiera, existirá un profesional adicional, nombrado por la entidad prestataria, que será el fiscalizador de la inversión.
El servicio de fiscalización de inversiones incluye la revisión y calificación de los documentos que amparan la solicitud del crédito y el control de los desembolsos contra el avance de la obra.
Bitácora de la Obra
Todo proyecto en su etapa de construcción debe contar con bitácora, el cual es un documento oficial y debe permanecer en el sitio de la obra. En esta bitácora, el profesional deberá dejar constancia del desarrollo del proceso constructivo y de las visitas realizadas.
La bitácora tendrá un original y tres copias, una de las cuales será para el propietario.
Vigencia del sellado de planos
Si la falta de financiamiento, u otro motivo, impiden el inicio de la construcción de un proyecto, es importante tener en cuenta que el sellado del CFIA tiene una vigencia de un año. Pasado este plazo, se debe volver actualizar el valor de la obra y la vigencia del sello, mediante el trámite del resello ante el CFIA, del cual se cancela únicamente la diferencia del pago de los timbres y derechos, registrados al momento del trámite actual. La legislación actual permite realizar un máximo de 2 renovaciones de sello.
Conflictos en el proceso constructivo
En caso de abandono del proyecto o incumplimiento del contrato de consultoría o de construcción por algunas de las partes, se recomienda consultar con el Centro de Concertación del CFIA; para que se valore su caso y las posibilidades de solución.
En caso de renuncia del profesional responsable o de anulación del contrato de consultoría o de construcción por parte del cliente, se debe proceder con la contratación de un nuevo profesional y registrar el cambio ante el CFIA.
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